Justicia, Bogotá, D.C., martes 25 de marzo de 2025 || La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a Efrén Palacios Serna, exgobernador del departamento de Chocó, por los delitos de peculado por apropiación, contrato sin cumplimiento de requisitos legales y falsedad ideológica en documento público.
La Sala le fijó una pena de 22 años de prisión, inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo y multa de 1.270 millones de pesos. Además, en la sentencia se le negó al exmandatario la suspensión condicional de la pena y se le concedió la prisión domiciliaria.
El proceso está relacionado con los contratos firmados en 2013 por el departamento por 2.200 millones de pesos para la prestación de servicios de salud para el suministro de medicamentos a población pobre y vulnerable del departamento. De acuerdo con la investigación, Palacios Serna, fue el determinador de esos contratos que tenían el único fin de apropiarse de los recursos de la salud que habían sido asignados para esa vigencia fiscal.
La Sala cuestionó que el exmandatario defraudó con los crímenes realizados la confianza de los ciudadanos que votaron por él, lo cual reviste su conducta de especial gravedad.
“Se trató de la fraudulenta celebración de contratos de suministro de medicamentos de alto costo destinados a la población más vulnerable del departamento con miras a la ilícita apropiación de recursos destinados para dicho efecto, privando a los sectores más necesitados de la posibilidad de acceder a medicinas para sus enfermedades huérfanas o catastróficas que normalmente son aquellas que requieren dicho tipo de fármacos, hechos que, por demás, denotan el poco respeto que tiene por las normas penales y el desprecio a la confianza que sus electores depositaron en él para velar por los destinos del departamento. Además, afectó sensiblemente el erario departamental de Chocó, de suyo necesitado siempre de mayores recursos atendiendo el cúmulo de servicios básicos que demandan atención para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, quedando en la sociedad la sensación de desprotección frente a sus autoridades cuando el servidor público dirige su comportamiento a beneficiar intereses privados y no los colectivos”, se lee en la sentencia.
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