El Consejo de Estado sala de lo contencioso administrativo sección quinta, el pasado 22 de abril del 2021, declaró la nulidad de la elección de los representantes principal y suplente de las comunidades negras ante el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó Codechocó.
El Consejo de Estado anuló las elecciones de; Nimio Perea y José Aristarco Mosquera, porque en su elección, no se puede limitar o restringir los plazos que señala la ley para la deliberación, escogencia y elección de su vocero, pues, ello trae como consecuencia la vulneración del derecho a la participación política, la protección de la diversidad étnica y cultural de la Nación y la igualdad material que debieron salvaguardarse, con mayor intensidad, frente a esta comunidad vulnerable e históricamente excluida de los beneficios del desarrollo.
El abogado demandante fue; Deyler Mosquera Martínez, el Magistrado ponente: Luis Alberto Álvarez Parra.
Textualmente dice el fallo en su parte resolutiva.
PRIMERO:
DECLARAR LA NULIDAD DEL «Acta de reunión de la elección del representante de comunidades negras ante el Consejo Directivo de Codechocó 2020-2023» del 7 de septiembre de 2019, por medio de la cual se eligió a los señores Nimio Perea Cuesta y José Aristarco Mosquera Mosquera como representantes -principal y suplente, respectivamente- de las comunidades negras ante el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó – CODECHOCÓ–, periodo 2020-2023.
SEGUNDO: ADVERTIR a los sujetos procesales que contra esta decisión no procede ningún recurso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Conozca el fallo completo aquí.