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Salud

Supersalud prorroga vigilancia especial a la EPS Comfachocó.

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Supersalud prorroga vigilancia especial a la EPS Comfachocó.

El programa de salud de la Caja de Compensación Familiar del Chocó continuará bajo esta medida de control por 6 meses.

Salud, Bogotá 27 de octubre de 2022 || La Superintendencia Nacional de Salud prorrogó por seis meses la medida de control que rige sobre el programa de salud de Comfachocó y determinó que durante este tiempo la entidad administradora de recursos de la salud deberá corregir su desempeño y cumplir con 9 instrucciones impartidas por la Supersalud con el fin de garantizar el derecho a la salud de su población afiliada.

“El seguimiento a los indicadores nos permite concluir que esta entidad que opera en el régimen subsidiado aún no presenta un desempeño que esté acorde con el cumplimiento de la normatividad vigente y requiere implementar correctivos urgentes que garanticen una atención oportuna, integral y de calidad para sus 174.552 afiliados”, indicó el Superintendente Nacional de Salud, Ulahí Beltrán López.

De acuerdo con la evaluación realizada por la Superintendencia a la medida especial impuesta desde 2019, esta administradora de recursos sigue reportando indicadores deficientes que se concentran fundamentalmente en aspectos asistenciales y financieros, tales como:

1-. Deficiencias en la implementación del modelo de gestión integral del riesgo para la reducción de enfermedades y mortalidades evitables: mantiene resultados desfavorables en la mortalidad materna y altas tasas de mortalidad perinatal, neonatal, infantil y mortalidad en menores de 5 años.

2-. Coberturas bajas de captación al control prenatal para gestantes: desde 2019 a la fecha los resultados están por debajo del comportamiento del país y la meta definida para la medida de vigilancia que en promedio no superan el 40% frente a la meta establecida de un 80% de gestantes.

3-. Deficiente detección temprana de cáncer cervicouterino y de mama: la EPS Comfachocó tiene indicadores negativos con coberturas muy bajas de protección específica, mostrando así una captación mínima de las mujeres para la toma de citología, realización de colposcopia y bajas coberturas de tamizaje con mamografía.

4-. Registra pérdidas acumuladas por $8.296 millones con corte a agosto de 2022.

5-. Inconsistencias en la metodología de reserva técnica, lo cual impide la correcta verificación de su cálculo; adicionalmente, se genera incertidumbre sobre la razonabilidad contable de las cifras del costo y los indicadores de resultados, incluyendo margen operacional del índice de siniestralidad.

Asimismo, la concentración de tutelas notificadas tiene como principal argumento la negación de servicios de salud, por motivos relacionados con: falta de oportunidad en la asignación de citas de consulta médica especializada, demora en la programación de exámenes de laboratorio, deficiente entrega de medicamentos, falta de oportunidad en la entrega de medicamentos y demora de la autorización de atenciones domiciliarias.

La decisión de prórroga está contenida en la Resolución 2022320010007524-6, en la cual también se ordena a la EPS Comfachocó dar cumplimiento de manera inmediata con las siguientes instrucciones que serán objeto de seguimiento permanente por parte de la Supersalud:

1-. Implementar acciones de gestión integral del riesgo en salud orientadas hacia la promoción de la salud, protección específica y detección temprana de riesgos que garanticen una atención segura, oportuna y accesible.

2-. Ejecutar acciones que permitan resolver en el término requerido las peticiones, quejas, reclamos y denuncias formuladas por su población afiliada.

3-. Establecer acciones que permitan garantizar el acceso oportuno y completo a los servicios de medicina especializada, entrega de medicamentos y la autorización oportuna que brinde el acceso a tecnologías en salud y exámenes de laboratorio requeridos.

4-. Realizar la liquidación de los acuerdos de voluntades con la red prestadora de servicios y proveedores de tecnologías en salud. Contra el acto administrativo que deja en firme la prórroga de la medida de control, proceden los recursos de reposición, que podrán ser interpuestos ante el despacho del Superintendente Nacional de Salud.

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