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Justicia

Tribunal Administrativo del Chocó declaró improcedente tutela de la Defensoría del Pueblo y la Agencia Nacional de defensa jurídica del estado, contra fallo del Juez Primero Administrativo del Chocó.

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Tribunal Administrativo del Chocó declaró improcedente tutela de la Defensoría del Pueblo y la Agencia Nacional de defensa jurídica del estado, contra fallo del Juez Primero Administrativo del Chocó.

El Tribunal Administrativo del Chocó, en sentencia número 338 del 18 de diciembre de 2024, declaró improcedente la acción de tutela Promovida por la Defensoría del Pueblo y por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, contra el Juzgado Primero Administrativo de Quibdó, la cual buscaba que los dineros retenidos o embargados en la acción de grupo del Río Quito, fueran girados a la cuenta de la Defensoría del Pueblo.

Al leer el fallo se aclara que los dineros no serían entregados a una sola persona como equivocadamente lo afirmó la Secretaria de Transparencia de la Presidencia de la República, sino que dichos recursos eventualmente, cuando se resuelva el recurso de apelación, podrán ser entregados a todos y cada uno de los beneficiarios de la sentencia, que en la actualidad suman más de 19 mil personas que habitan la cuenca del Río Quito.

Actuó como ponente del fallo en comento la magistrada Mirtha Abadía Serna y fue respaldada por los magistrados Ariosto Castro Perea; la magostada Norma Moreno Mosquera no firmó la sentencia por encontrarse hospitalizada en ese momento.

Conozca el texto de la sentencia aquí….

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