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La unión marital de hecho no se puede confundir con los noviazgos.
Para que haya una unión marital de hecho debe existir un proyecto de vida, según la Corte Suprema de Justicia. La Corte Suprema de Justicia estableció, que los noviazgos no pueden relacionarse con la unión marital de hecho al estudiar el caso de una mujer que solicitaba que fuera reconocida como pareja imborrable de un […]
Para que haya una unión marital de hecho debe existir un proyecto de vida, según la Corte Suprema de Justicia.
La Corte Suprema de Justicia estableció, que los noviazgos no pueden relacionarse con la unión marital de hecho al estudiar el caso de una mujer que solicitaba que fuera reconocida como pareja imborrable de un hombre perteneciente a la Policía, que murió.
La mujer le pidió a la Corte y que las instancias judiciales que revisaron su caso le negaron todos derecho sobre lo que dejó el uniformado, aunque el alto tribunal les dio la razón. La relación que ella mantenía con él era amorosa, más no formaba un proyecto de vida.
“Es que dentro de las exigencias de la unión marital de hecho está la idoneidad de la alianza, es decir, que la pareja realmente quiera conformar una familia marital o, dicho en otros términos, que esté caracterizada por tratarse de un proyecto de vida, persistente en el tiempo compartiendo techo, lecho y mesa”, enfatizó la corte en la determinación.

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