Salud
Conozca cómo acceder los servicios de salud aun estando desempleado.
País, 13 de diciembre de 2024 || NUEVA EPS recuerda a los ciudadanos en general, que pueden afiliarse como beneficiarios; hijos menores de 18 años, conyugues o padres, menores de 12 años sin parentesco que dependan económicamente del cotizante, los hijos entre 18 y 25 años que no estén estudiando tiempo completo o hijos mayores de 25 años que sufran de discapacidad permanente.
También pueden ser considerados beneficiarios las personas diferentes al grupo familiar básico del cotizante, siempre y cuando dependan económicamente del cotizante hasta en IV nivel de consanguinidad como hermanos, abuelos, tíos, sobrinos, nietos, bisabuelos, bisnietos, suegros, yernos, nueras y cuñadas.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
– El cónyuge o compañero permanente del cotizante.
– Hijos propios o los hijos del cónyuge o compañero, menores de 18 años o entre los 18 y 25 años si son estudiantes y dependen económicamente del cotizante.
– Hijos con incapacidad permanente, sim importar la edad.
– A falta de cónyuge o compañero, ni hijos a cargo, se pueden afiliar padres como beneficiarios básicos si dependen económicamente del cotizante.
– También pueden ser considerados beneficiarios las personas diferentes al grupo familiar básico del cotizante, siempre y cuando dependan económicamente de este y en algunas condiciones familiares hasta en el IV nivel de consanguinidad como hermanos, abuelos, tíos, sobrinos, nietos, bisabuelos, bisnietos, suegros, yernos, nueras y cuñadas.
En algunos casos es necesario pagar por ellos un valor adicional a tu cotización mensual, denominado UPC adicional, el cual se reajusta cada año.
NUEVA EPS invita los interesados en estos procesos a que se informen visitando nuestra página web www.nuevaeps.com.co
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