Empresas del sector maderero del Chocó deben implementar el libro de operaciones forestales en línea.

Empresas del sector maderero del Chocó deben implementar el libro de operaciones forestales en línea.

Codechocó en cumplimiento de la Resolución 1971 de 2019 y su propósito de velar por el uso sostenible de los recursos naturales, les hace un llamado a todos los propietarios de empresas forestales maderables y no maderables de su área de jurisdicción en el departamento del Chocó, que desarrollen actividades de transformación y comercialización primaria y secundaria, que deben obtener el Registro del Libro de Operaciones Forestales en Línea – LOFL ante la autoridad ambiental.

El LOFL que hasta la fecha es diligenciado de manera física, pasa a ser digital, para contribuir a la trazabilidad de los productos forestales, desde su origen hasta su destino final, lo que ayuda a garantizar la sostenibilidad y la legalidad de las operaciones, al tiempo que se tienen mejores datos sobre la toma de decisiones empresariales.

Esta herramienta le permite a Codechocó, hacer un mayor control a los inventarios de los productos forestales maderables y no maderables que sean aprovechados en su jurisdicción; además se garantiza que la procedencia de los productos forestales sea legal. Mientras que, en el caso de los usuarios, este formato digital le ayuda a llevar un inventario más organizado del material que entra y sale de su establecimiento comercial; y adicionalmente, podrán expedir la Remisión de la Empresa Forestal (REF), documento que ampara la legalidad de sus productos, los cuales podrán ser movilizados a nivel departamental y nacional.

Finalmente, CODECHOCÓ a partir del mes de junio estará acompañando a los establecimientos de transformación y comercialización de productos forestales en la migración de la información de la plataforma Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea – VITAL, hacia el registro del Libro de Operaciones Forestales en Línea – LOFL; es de resaltar, que mientras se surte el trámite, se debe continuar diligenciando el LOF físico en el formato establecido por la Corporación sin excepción alguna.