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Según las auditorías de la Contraloría, Corporaciones Autónomas Regionales no ejercen adecuado control y prevención de minería ilegal en 7 departamentos.
No hay coordinación interinstitucional para prevenir, controlar y erradicar la minería ilegal. Y muchos operativos del Ejército y la Policía no cuentan con la asistencia de la CAR. Las evaluaciones que ha realizado la Contraloría evidencian que las Corporaciones no aplican las medidas sancionatorias ni compensatorias contra los presuntos responsables de las explotaciones de minería […]
No hay coordinación interinstitucional para prevenir, controlar y erradicar la minería ilegal. Y muchos operativos del Ejército y la Policía no cuentan con la asistencia de la CAR.
Las evaluaciones que ha realizado la Contraloría evidencian que las Corporaciones no aplican las medidas sancionatorias ni compensatorias contra los presuntos responsables de las explotaciones de minería ilegal.
En algunos casos, elementos decomisados como dragas y químicos son dejados en custodia de las mismas personas que realizan las explotaciones ilegales.
Algunas Corporaciones dejan pasar muchos años sin otorgar o negar solicitudes de instrumentos ambientales para explotaciones mineras, con lo cual generan el riesgo de que los solicitantes inicien o continúen con actividades de explotación de manera ilícita.
Estudio de la CGR evidencia que no existe política para solucionar el problema de la minería ilegal y que las medidas tomadas por décadas para combatir este flagelo han resultado ineficientes e ineficaces.
Bogotá, septiembre 25 de 2017.- La Contraloría General de la República encontró múltiples deficiencias en la gestión que ejercen la Corporaciones Autónomas Regionales para prevenir, controlar y la minería ilegal en los departamentos de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Chocó, Cundinamarca, Nariño y Valle del Cauca.
Así lo indican las recientes auditorías que ha realizado la Contraloría Delegada para el Medio Ambiente, que incluyen la evaluación de gestión de la Unidad de Parques Nacionales Naturales de Colombia respecto de la presencia de minería ilegal en los Parques Nacionales Naturales.
Como resultado de la evaluación se establecieron para el año 2016, un total de 26 hallazgos administrativos, de los cuales 18 tienen posible alcance disciplinario; y 2 hallazgos con alcance fiscal por valor de $330.000.000 para la Corporación Autónoma Regional del Cauca, por asumir la recuperación de impactos ambientales generados por terceros en predios particulares.
Para el año 2017, se encontraron 36 hallazgos administrativos, 30 con presunto alcance disciplinario y 1 con presunto alcance penal. En todos los casos se realizaron los trasladados a la Procuraduría General y Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia.
La Contraloría encontró, que no hay coordinación interinstitucional entre las entidades involucradas en el proceso de prevención control y erradicación de la minería ilegal: las Corporaciones Autónomas Regionales con jurisdicción en los Departamentos de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Chocó, Cundinamarca, Nariño y Valle del Cauca, no se articulan con las alcaldías municipales, ni con la Policía Nacional y Fiscalía General de la Nación, para ejecutar acciones oportunas que garanticen la protección del ambiente.
Además, a pesar de que las Corporaciones Autónomas Regionales evidencian la afectación a los recursos naturales (agua, suelo, aire), no se toman las medidas sancionatorias contra los presuntos responsables ni mucho menos las medidas compensatorias frente a los impactos y daños ambientales causados.
Además, al evaluar los expedientes sancionatorios que cursan en las Corporaciones se evidenció que no se da cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley 1333 de 2009 en cuanto a la imposición de medidas preventivas, legalización, seguimiento, imposición de sanciones y compensaciones; hecho que permite que la actividad minera ilícita se incremente, así como los daños y pasivos ambientales que conlleva.
Dragas y químicos se dejan en custodia de los mismos mineros ilegales
Las Corporaciones Autónomas Regionales CSB, CORPOBOYACA, CORPOCHIVOR, CAR, CORPOGUAVIO y CORPONARIÑO, presentan demora e incumplimiento de términos establecidos en la Ley 1333 de 2009 y falta de seguimiento a las medidas preventivas impuestas por minería ilegal en el área de su jurisdicción.
Además de lo anterior, los elementos decomisados como dragas y químicos son dejados en custodia de las mismas personas que están explotando de manera ilegal, lo que evidencia permisividad de la Corporación e incumplimiento de sus funciones de vigilancia y control.
Así mismo persisten los impactos, daños y pasivos ambientales que esta actividad conlleva para las fuentes hídricas, el bosque y la salud humana.
Se evidenció falta de acompañamiento y soporte técnico de parte de las Corporaciones con jurisdicción en el departamento de Antioquia y en el departamento del Chocó en los operativos contra la minería ilícita que realiza el Ejército y la Policía Nacional, siendo un factor importante y necesario para identificar, medir y actuar contra el alto impacto ambiental que causa la actividad minera ilegal. Se observó que la Policía y el Ejército Nacional informan un número elevado de operativos a los cuales las Corporaciones no asisten.
Impactos ambientales de la minería ilegal
En las visitas técnicas realizadas por la Contraloría a los ríos Sambingo en el Municipio de Mercaderes – Cauca; Atrato en el municipio de Rio Quito en el Chocó y Dagua en el Valle del Cauca, se evidenció un gran impacto ambiental generado por la explotación ilícita de oro desarrollada con máquinas retroexcavadoras.
La explotación ilícita de minerales afecta el cauce del río y de los drenajes naturales, a su vez, genera notable aporte de sedimentos; sin embargo, hay deficiencias en la imposición de medidas preventivas y sancionatorias por parte de las Corporaciones.
Minería ilegal en el Parque Nacional Natural Farallones
Así mismo, se visitaron varios Parques Nacionales Naturales, encontrado que el Parque Nacional Natural Farallones de Cali es uno de los más afectados por la minería ilegal. Asimismo, en visita a Corporchivor se pudo identificar dentro del área del Distrito Regional de Manejo Integrado del Páramo de Rabanal que también hay presencia de minería ilegal.
Licencias e impacto ambiental en zonas de reserva forestal
Un aspecto a resaltar de los hallazgos de las auditorías realizadas por la Contraloría, es que las Corporaciones Autónomas Regionales otorgan licencias ambientales para actividades de minería dentro de zonas de reserva forestal de Ley 2 de 1959[1], sin haber solicitado la previa sustracción del área como lo establece el artículo 210 del decreto 2811 de 1974, lo que genera un grave impacto a estas áreas legalmente protegidas.
Solicitudes pendientes por años
Dentro del ejercicio auditor se encontró que algunas Corporaciones no tramitan de manera oportuna las solicitudes relacionadas con el otorgamiento o no de los instrumentos ambientales que le aplican a las explotaciones mineras; por esta razón tienen solicitudes radicadas muchos años atrás sin respuesta de otorgar o negar la solicitud.
Es el caso de la CAR que tiene 141 solicitudes en trámite donde la más antigua es del año 1995 para la que realizó la visita de evaluación en el año 2010 (quince años después); la CSB tiene en trámite 52 solicitudes, siendo la más antigua del año 2004 y CORPOBOYACA con 51 trámites pendientes, siendo la más antigua del año 2006. Este hecho genera riesgo de que los solicitantes inicien actividades sin instrumento ambiental es decir exploten manera ilícita.
Las cifras de la ilegalidad
De otra parte, debe recordarse –dice la CGR- que las regalías son una contraprestación económica que se paga al Estado por la explotación de recursos naturales no renovables, y de acuerdo a lo establecido por la Asociación Colombiana de Minería (ACM) solo cerca del 15% de las actividades del sector minero de oro son legales o formales.
Señala la Asociación que si todas las explotaciones mineras se formalizaran la Nación recibiría anualmente más de 2.000 millones de dólares, es decir, el sector sería uno de los grandes generadores de divisas, pero como el 85 por ciento de la minería es ilegal esos recursos no ingresan al Estado. El caso más representativo es en el departamento de Antioquia, donde el 80% del oro que se produce viene de empresas que no son legales.[2]
No hay política pública para solucionar el problema de la minería ilegal
Como complemento del ejercicio auditor, la Contraloría General de la República, adelantó un estudio a la política pública de Minería Ilegal, encontrando entre otros aspectos que el modelo extractivista bajo el que se desarrolla la industria minera del país, desconoce las realidades de las pequeñas y medianas explotaciones y no se armoniza con las políticas ambientales ni de ordenamiento territorial.
Además, omite las realidades socio-culturales de los territorios, favorece la existencia de minería ilegal e inevitablemente conduce a la conformación de pasivos ambientales que afectan el bienestar de la población en extensos territorios del país.
La conclusión principal es que en Colombia no se ha formulado una política pública dirigida a dar solución a la minería ilegal, a pesar de las conocidas consecuencias de esta carencia sobre la gobernabilidad y el deterioro ambiental.
Acciones ineficientes e ineficaces
Los resultados de las acciones emprendidas para atacar la minería ilegal han demostrado por décadas ser ineficientes e ineficaces en la disminución de esta actividad y por tanto se han incrementado los pasivos ambientales asociados, con consecuencias cada vez más documentadas sobre la pérdida de bienes y servicios ambientales que repercuten en la salud y la calidad de vida de numerosas poblaciones.
Falta gestión de las Alcaldías en materia de información
Por otra parte, dado que la explotación ilícita de minerales es una actividad que desde el punto de vista de las entidades rectoras de las políticas ambientales y mineras, es de competencia de las alcaldías, éstas no se ocupan de producir, custodiar, usar o difundir información acerca de la existencia, ubicación, tipo de explotación, volúmenes explotados o minerales que son extraídos a través de estas actividades ilegales.
Mucho menos se cuenta con información acerca de las características sociales de dichas áreas o de la calidad o conflictos ambientales de los territorios afectados por estas actividades.
¿Qué debe hacerse?
Por todo lo anterior, señala el estudio de la CGR, la atención del problema de la explotación ilícita de minerales requiere de la formulación, adopción y desarrollo de una política pública estable, que parta del reconocimiento y definición este problema complejo, que adopte metas concretas e identifique el mejor instrumento de articulación interinstitucional bajo un esquema de cadena de valor, que permita actuar sobre un territorio local, buscando reconstruir la gobernanza, la sostenibilidad local así como garantizar la calidad de vida de los pobladores.
En el diseño de la política se requiere contemplar mecanismos diferenciales para hacer frente a la minería informal, a la ilícita que responde a extracciones oportunistas y aquella que se transforma en una economía criminal, teniendo en cuenta para su formulación e implementación a todas aquellas instituciones (formales y no formales) del orden nacional, regional y local que deben actuar sobre el territorio de manera integral, de tal forma que se implementen acciones que conduzcan a lograr la gobernanza y sostenibilidad local.
[1] Por el cual se dictan normas sobre economía forestal de la Nación y conservación de recursos naturales renovables.
[2] Libro Informalidad e ilegalidad en la explotación del oro y la madera en Antioquia. Jorge Giraldo Ramírez y Juan Carlos Muñoz, 2013.
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