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Opinión

Señales de Tránsito.

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Por. Berlinton Francisco Cuesta Salas – Abogado Especialista en Accidentalidad de Tránsito.

LEY 769 DE 2002 (agosto 6) Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones. En su artículo 5, en el título III artículos 109 – 121. Cabe mencionar que las normas establecidas en este código, son las encargadas de regentar la movilidad en todo el territorio colombiano. la esencia de sus pilares es la seguridad de los diferentes usuarios y la libre circulación por todo el territorio nacional.

No cabe duda, las normas son elementales para controlar y orientar a todos los usuarios de las vías y es que hablar de las señales de tránsito, reviste de una importancia tal.  No es posible tener una circulación vial o una actividad de peatón bajo el principio de confianza cuando desconocemos las señales de tránsito.

Todos y cada uno de los usuarios de las vías están en la obligación de respetar y obedecer las señales de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 del código de tránsito. No se percibe que esto sea una actividad opcional, bajo ninguna circunstancia se debe poner en riesgo la seguridad vial y la de todos los conglomerados, más aun cuando la técnica la mecánica y la tecnología  han sobredimensionado a la civilización entregando nuevos medios que el ser humano no solo usa por necesidad, un ejemplo claro son los aviones frente a las distancias, el punto es que de no ceñirse estos medios a los riesgos permitidos  la naturaleza humana podría autodestruirse, eso se debe a la gran magnitud de daños  que los mismo recursos facilitadores o mecanismo  de los cuales se sirve el hombre para el desarrollo de las diferentes actividades en ocasiones tengan la capacidad de causar su propia destrucción, claro está, cuando no son usados responsablemente.

La disciplina es rigurosa cuando exige que todos conozcamos estos símbolos que la legislación de movilidad de nómina como señales de tránsito, estos se encuentran clasificadas en dos formas simples.

La primera es teniendo en cuenta la función.

La segunda es de acuerdo a su finalidad, es por tal razón que hablamos de 5 tipos de señales:

1. Señales reglamentarias

2. Señales preventivas

3. Señales informativas

4. Señales transitorias

5. Marcas viales

Cada una tiene una responsabilidad muy grande y es que todos los ciudadanos la acatemos, para poder transitar con seguridad y salvaguardar la vida de todos y cada uno de los usuarios en la vía.

Hay que recordar que las señales no fueron en todo momento lo que son hoy, Debido a la diversidad de señales de tránsito existentes en todo el mundo, en 1949 la Organización de Naciones Unidas, ONU, convocó en Ginebra, Suiza, a una asamblea de países miembros, con el fin de discutir una propuesta para la unificación de las señales de tránsito que permitiera a los conductores identificarlas fácilmente al viajar de un país a otro.

En 1952, el grupo técnico encargado de efectuar el estudio sobre unificación de señales presentó su informe ante la Comisión de Transportes y Comunicaciones de la ONU, el cual fue aprobado por el Consejo Económico y Social de la misma Organización en 1955. Luego, en noviembre de 1968 se celebró la reunión de la Convención de Tráfico Vial en Viena, Austria, en la cual se acordó que todas las señales, semáforos y demarcaciones instalados en un territorio deberían formar un sistema coherente que fuese diseñado y localizado. El 30 de diciembre de 1982, Colombia aprobó el Convenio para adoptar el Manual Interamericano, cuyo instrumento de ratificación fue inscrito en la OEA el 8 de febrero de 1984.

Dicho manual fue reformado el 17 de junio del 2015 atreves de la resolución 0001885 convirtiéndolo en el manual de señalización vial este manual desarrolla los artículos 2 de la constitución que establece “Las autoridades están instituidas para proteger a todas las personas residentes en el país, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares” 

El Artículo 24 de la Carta Política reza “Todo Colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, pero está sujeto a la intervención y reglamentación de las autoridades para garantía de la seguridad y la comodidad de los habitantes, especialmente de los peatones y las personas con discapacidad, para la preservación de un ambiente sano y la protección del uso común del espacio público”

Queda claro que el manual es producto de un mandato constitucional y es obligación del ministerio de transporte como máxima autoridad de transito vigilar e inspeccionar todas las políticas en materia de transito

Es importante dejar aclarar una arista para todos los usuarios de vías como:

Toda señal de tránsito debe satisfacer los siguientes requisitos mínimos para cumplir integralmente su objetivo debe ser necesaria:

• Debe ser visible y llamar la atención

• Debe ser legible y fácil de entender

• Debe dar tiempo suficiente al actor del tránsito para responder adecuadamente

• Debe infundir respeto

• Debe ser creíble

De no existir estos requisitos mínimos con sus respectivas prohibiciones no se podría alcanzar los objetivos, es de ahí que se debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones.

No se deben instalar señales o avisos en las vías sin que medie permiso o convenio con las autoridades competente quienes tendrán en cuenta las disposiciones sobre contaminación visual, en una señal jamás puede llevar propaganda de ninguna índole, solo debe contener el color, su símbolo o número.

Las autoridades de transito podrán ordenar el retiro de vallas, avisos, pasacalles, pendones, que estén en la vía y obstaculice la visibilidad de las señales de tránsito,

Nuestra ciudad carece de una aceptable señalización las pocas que hay no generan respeto y unido al desconocimiento de la mayoría de usuario de su función, las autoridades deben de iniciar una campaña de sensibilización en las señalizaciones, para que los ciudadanos aprendan a diferenciar una señal reglamentaria de una preventiva. Además de conocer para que sirven las de piso o marcas viales, Quibdó debe señalizar todas las vías conectoras, todos los barrios de Quibdó deberían estar señalizados, solo con una voluntad política se lograra.  

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