Victoria de la Personería de Valparaíso: EPS Deberá Asumir el Costo de Energía de Concentrador de Oxígeno

Victoria de la Personería de Valparaíso: EPS Deberá Asumir el Costo de Energía de Concentrador de Oxígeno

Fallo histórico en segunda instancia protege a paciente con EPO y alivia carga económica insostenible.

La Personería Municipal de Valparaíso, Antioquia, bajo el liderazgo del abogado chocoano Edinson Salazar Palacios, ha logrado otro importante avance en la defensa de los derechos de los ciudadanos más vulnerables, sentando un precedente significativo en la región. En una reciente decisión de segunda instancia, esta agencia del Ministerio Público consiguió una victoria judicial que obliga a la Entidad Promotora de Salud (EPS) a asumir el costo del consumo de energía eléctrica derivado del uso de un concentrador de oxígeno.

El Drama de la Carga Económica

El caso gira en torno a una paciente local diagnosticada con EPO (Enfermedad Pulmonar Obstructiva) en estado avanzado, cuyos pulmones han perdido su capacidad natural de funcionamiento. Como medida vital, los médicos le prescribieron el uso permanente de un concentrador de oxígeno las 24 horas del día.

Si bien el aparato en sí es fundamental para mantener su vida, el costo operativo se convirtió en una carga económica insostenible. El uso constante del equipo electrónico provocó un incremento desmedido en la factura de servicios públicos. La paciente pasó de pagar un promedio trimestral de $96.000 pesos por concepto de energía, a enfrentar cobros cercanos al MILLÓN DE PESOS en el mismo periodo. Esta situación, además de la enfermedad, amenazaba gravemente la estabilidad económica y la calidad de vida de la paciente y su familia.

Intervención y Argumentación de la Personería

Ante esta evidente vulneración al derecho a la salud en conexidad con el mínimo vital, la Personería Municipal intervino promoviendo la acción legal correspondiente.

El argumento central de la Personería se basó en el concepto de prestación integral de la salud. Se sostuvo que, si el concentrador de oxígeno es un servicio vital ordenado por el médico tratante, su correcto funcionamiento y la ausencia de barreras económicas para su uso, hacen parte integral de la prestación que debe garantizar la EPS. Exigir al paciente asumir un costo desproporcionado por el uso de un equipo esencial equivale a imponer una barrera económica que obstaculiza de facto el acceso continuo al tratamiento vital.

El fallo de segunda instancia acogió esta argumentación, ordenando a la EPS la asunción y el pago de los costos adicionales de energía generados por el concentrador de oxígeno, protegiendo así el derecho fundamental a la vida y a la salud de la paciente. Esta acción subraya el compromiso del Personero Salazar Palacios y su equipo con la defensa activa de los derechos humanos y sociales en Valparaíso.

En Contexto:

Recientemente, el Personero Salazar Palacios y su equipo lograron un fallo de tutela histórico ante el Consejo de Estado, que no solo protegió la vida digna y la seguridad alimentaria de dos adultos mayores, sino que sentó un precedente jurídico de aplicación nacional. Este logro es una muestra clara de la eficacia, el rigor profesional y el profundo compromiso social que ha caracterizado su liderazgo.

Protección a la Tercera Edad y Obligaciones del Estado

El fallo judicial es una victoria en la defensa de los derechos fundamentales a la vida digna, la salud y la seguridad alimentaria de dos personas de la tercera edad. De manera trascendental, la decisión judicial obliga al Estado colombiano a:

  • Suministrar alimentación diaria a los afectados en su lugar de residencia.
  • Garantizar la priorización inmediata de estas personas en los programas sociales estatales existentes.
  • Conozca la sentencia aquí…